Corte Interamericana de Derechos Humanos
La Corte Interamericana de Derechos Humanos es el tribunal de América que juzga a los Estados cuando violan derechos humanos. Fue creada por la Convención Americana sobre Derechos Humanos, también llamada Pacto de San José porque se firmó en San José de Costa Rica en 1969. Tiene su sede en San José de Costa Rica y empezó a funcionar en 1979. Es como el VAR del continente: solo actúa cuando la justicia del país no funcionó.
Está integrada por 7 jueces y juezas de diferentes países americanos, elegidos por 6 años y reelegibles una sola vez. Deben ser independientes: no defienden a su país, defienden la Convención. Solo puede juzgar a los Estados que firmaron la Convención y aceptaron su autoridad, lo que se llama aceptar su competencia. Por ejemplo, Perú firmó en 1978 y aceptó la competencia en 1981, por eso la Corte sí puede juzgar al Estado peruano. No juzga a personas, juzga a Estados.
Tiene dos funciones. La función contenciosa es resolver casos: juzga si un Estado violó derechos y dicta una sentencia vinculante, o sea obligatoria, que condena a reparar. La función consultiva es dar opiniones: responde preguntas sobre cómo interpretar la Convención mediante opiniones consultivas que orientan pero no condenan a nadie.
Una persona no puede ir directo a la Corte. Primero debe agotar los recursos internos, es decir denunciar en su país hasta el final. Si no hay justicia, presenta una petición ante la Comisión Interamericana dentro de 6 meses, que investiga e intenta una solución amistosa. Solo si el Estado no cumple, la Comisión demanda al Estado ante la Corte. Allí se hace el juicio y se ordena la reparación integral: liberar a la persona, pagar indemnización, pedir disculpas públicas y cambiar la ley para que no se repita. El caso Barrios Altos vs. Perú de 2001 es el ejemplo clásico: declaró inválidas las leyes de amnistía y ordenó investigar, sancionar e indemnizar a las familias.