Municipalidades: Gobierno Local
La municipalidad es el gobierno de tu distrito o provincia. Se encarga de la limpieza, las pistas, los parques y los permisos de tu barrio. Piensa en ella como la junta directiva de un gran condominio llamado distrito: si el Perú fuera un edificio, el Gobierno central sería el administrador general y cada municipalidad la junta de cada piso.
Es la forma de gobierno local, por eso solo manda en su territorio y no en todo el país. Tiene personería jurídica, es decir, la ley la trata como una persona que puede comprar, contratar y demandar. Su base legal es el artículo 194 de la Constitución y la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
Su clave es la autonomía política, económica y administrativa: puede crear sus normas locales, manejar su dinero y organizar sus oficinas. Pero autonomía no es independencia total, debe respetar la Constitución y las leyes nacionales. Solo hay dos tipos: la municipalidad provincial, que gobierna toda la provincia, y la distrital, que gobierna solo un distrito.
Se organiza en solo dos órganos: el Concejo Municipal, que decide y vigila, y la Alcaldía, que hace y ejecuta. El Concejo lo forman el alcalde más los regidores y aprueba ordenanzas, presupuesto y vacancia. La Alcaldía la dirige el alcalde, que ejecuta acuerdos y dirige servicios. Sus autoridades se eligen por sufragio directo, duran 4 años sin reelección inmediata y deben tener 18 años, DNI y 2 años de residencia. Cumplen funciones de limpieza, obras locales, licencias y serenazgo, y se financian con impuestos como predial y alcabala, tasas y arbitrios, y el FONCOMUN.